Autorización de centros de reconocimiento.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Autorización de funcionamiento como centro de reconocimiento en el que se efectúan las revisiones médicas e informes de aptitud a los aspirantes o titulares de permisos y licencias.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Impresos:
Solicitud y cuestionario a rellenar por el ciudadano.
Requisitos:
Dependiendo del centro del que se trate, los establecidos en el Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores; el Real Decreto 2283/1985, de 4 de diciembre, por el que se regula la emisión de informes de aptitud psicofísica para obtención y renovación de licencias, permisos y tarjetas de armas. Los establecidos en el Decreto 26/2014 y demás normativa aplicable.
Documentación:
La establecida en el artículo 11.1 del Decreto 26/2014, de 29 de mayo, para la obtención de la autorización de funcionamiento del centros, servicios o establecimientos sanitarios.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Lugar presentación :
A través del Registro Electrónico Común (REC), conforme la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Ordenación, Farmacia e Inspección. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de la Modificación Parcial de la Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de modifiación parcial de la estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Plazo de resolución:
6 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada. / 1 mes si la resolución es expresa, si el acto no fuera expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. / Titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.
Normativa:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. // Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. // Real Decreto 2283/1985, de 4 de diciembre, por el que se regula la emisión de informes de aptitud psicofísica para obtención y renovación de licencias, permisos y tarjetas de armas. // Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania o https://saludcantabria.es/index.php?page=registro-de-centros-servicios-y-establecimientos-sanitarios.
Anexos:
- N2-Formulario Solicitud Autorizacion de Funcionamiento
- N3-Formulario Solicitud Renovacion Autorizacion de Funcionamiento
Fecha de IPSC (interno):
01 de junio del 2022
3786120