Subvencion:
Orden CUL/22/2009
Descripción:
Orden CUL/22/2009, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones a las entidades locales de Cantabria para la rehabilitacion, restauracion y dotación de inmuebles para Centros Culturales.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 74
Fecha BOC: 20/04/2009
Fecha inicio plazo presentación:
21/04/2009
Fecha finalización plazo presentación:
08/05/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, propietarias de los inmuebles o con disponibilidad legal sobre los mismos a los efectos de cumplir el objeto de la presente Orden.
Documentación a adjuntar:
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Proyecto/actividad a realizar, que incluirá como mínimo la siguiente información:
- Breve memoria que justifique la necesidad y conveniencia de ejecutar la inversión.
- Presupuesto detallado de la misma y aportación de la Entidad Local.
- Cantidad exacta que se solicita.
- Proyecto básico redactado por Técnico competente.
- Certificado acreditativo de la disponibilidad del inmueble a restaurar o rehabilitar.
- Número aproximado de posibles usuarios.
b) Documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: razón social, número de identificación fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar una declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social suscrita por el Interventor o Secretario-Interventor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la Orden HAC/15/2006, de 11 de agosto.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: Pasaje de Peña, 2-1ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 20