Subvencion:
Orden CUL/11/2009
Descripción:
Orden CUL/11/2009, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para grabación, edición musical y giras de aficionados en materia musical.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 74
Fecha BOC: 20/04/2009
Fecha inicio plazo presentación:
21/04/2009
Fecha finalización plazo presentación:
08/05/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Las personas físicas que, a título individual, desarrollan una actividad como músicos aficionados.
b) Los grupos aficionados, integrados por dos o más personas físicas.
c) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan una actividad musical a título aficionado.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes de subvención irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Con carácter general para cualquier modalidad de ayuda:
" Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante:
- Si es persona física: fotocopia compulsada del documento identificativo en vigor del solicitante (DNI /NIF) y, en su caso, de su representante legal (DNI/N.I.F.)
- Si es persona jurídica: fotocopia compulsada del DNI/NIF del representante legal.
" Fotocopia compulsada de los estatutos con la diligencia del Registro correspondiente, en el caso de personas jurídicas.
" Documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: nombre y apellidos/razón social, número de identificación fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención.
" Declaración responsable relativa a la solicitud y en su caso obtención de otras subvenciones y ayudas públicas o privadas, para la misma actividad, especificándose las cuantías solicitadas y, en su caso, obtenidas. (anexo IV de la presente Orden).
" Autorización del autor/es o de las entidades de gestión correspondientes para la representación de la obra.
b) Para la modalidad A: Grabación y edición.
" Presupuesto pormenorizado con desglose por concepto referido a la actividad para la que se solicita la subvención. En él deberá figurar un apartado de ingresos, aún en el caso de que no se prevea ninguno.
" Proyecto de actividad a realizar/das: detallándose en él la actividad para la que se solicita la subvención y contendrá, además:
- Título y autor de la obra.
- Ficha artística y técnica.
- Fechas y empresa previstas/utilizada para la grabación y edición de la obra.
" Currículum del solicitante.
c) Para la modalidad B: Giras
" Presupuesto pormenorizado con desglose por concepto referido a la actividad para la que se solicita la subvención. En él deberá figurar un apartado de ingresos, aún en el caso de que no se prevea ninguno.
" Proyecto de actividades a realizar/das: detallándose en él la actividad para la que se solicita la subvención y contendrá, además:
- Título y autor de la obra
- Ficha artística y técnica.
- Plan de giras con expresión de ciudades, fechas y número de funciones.
" Currículum del solicitante y sus integrantes.
" Invitaciones de las Entidades organizadoras para la celebración de los conciertos.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunos certificados junto con su solicitud de subvención.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 20